órganos de apoyo del gobierno escolar

Consejo de maestros formadores

Es un órgano asesor al interno y un canal de comunicación para la buena marcha de la Institución Lo integran todos los maestros formadores


consejo de padres de familia

El Consejo de Padres de familia es un órgano de participación de los padres de familia  del establecimiento educativo destinado  a asegurar  su continua participación  en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado  por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados  que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional, PEI. Artículo 5° del Decreto 1286/2005.

 

ELECCIÓN DE CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

El Consejo de Padres está integrado por los voceros de los padres de los Maestros en  Formación que cursan cada uno de los  grupos que ofrece la institución.

 

FUNCIONES

Son funciones del Consejo de Padres de Familia:

1) Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de estado.

2) Exigir que el establecimiento con todos sus maestros en formación participe en las pruebas de competencias y de estado realizados por el Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior. ICFES.

3) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los maestros en formación en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

4) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

5)Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los maestros en formación para facilitar el afianzamiento  de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

6) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

7) Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la constitución y la ley.

8)Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

9) Elegir al padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo a las responsabilidades establecidas en el SIE institucional.

10) Presentar la propuesta de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15, y 16 del Decreto 1860 de 1994.

11) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecido en el parágrafo 2 del artículo nueve del decreto 1286/2005. “El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo, ejercerá estas funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

La Escuela Normalestablece además de las anteriores, los siguientes directrices:

12) Darse su propio reglamento interno, de común acuerdo con la Rectora.

13) Fomentar la comunicación entre los padres de familia y las directivas, maestros y demás estamentos de la comunidad educativa.

14) Presentar a la Rectora, cuando sea necesario, las inquietudes, propuestas y demás asuntos relacionados con los padres de familia del grado del cual son voceros.

15) Presentar informes ocasionales a la Junta Directiva de la Asociación de Padres de familia y colaborar en las tareas que dicha Junta le confíe.

16) Presentar alternativas de solución a las dificultades que presentan los Maestro en  Formación por el logro de los objetivos propuestos en cada período académico.


Asociación de padres de familia

La Asociación de padres de familia, para todos los efectos legales, es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia, de los maestros en formación matriculados en un establecimiento educativo. Solo existirá una Asociación de padres de familia por establecimiento educativo, y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y sólo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la cámara de comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separadas de los del establecimiento educativo.

 

Parágrafo 1: La Asamblea general de la Asociación de padres es diferente de la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los maestros en formación del establecimiento educativo pertenecientes o no a la asociación.

 

Parágrafo 2: Cuando el número de afiliados a la Asociación de padres de familia alcance la mitad más uno de los padres de familia de los maestros en formación del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres elegirá solamente un padre de familia como miembro del Consejo Directivo. (Artículo 9° Decreto 1286/2005).

 

La Escuela Normal asume que cada una  las dos instancias de participación de los padres de familia elegirán un representante al Consejo Directivo. (ASOPADRES y CONSEPADRES).

 

ELECCION JUNTA DIRECTIVA DE ASOPADRES.

 

Se convocará a todos los asociados a elección de la Junta Directiva y se procederá  a elegir los representantes que libremente ofrezcan este servicio y finalmente se someterá  a votación. A partir de ese momento  se constituye la JUNTA para un período de un año.

 

FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.

Las principales finalidades de la Asociación de padres de familia son las siguientes: (Artículo 10° Decreto 1286/2005).

a) Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.

b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.

c) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.

d) Apoyar a las familias y a los maestros en formación en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

e) Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad.

f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.


CONSEJO DE MAESTROS EN  FORMACIóN

Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Está integrado por un maestro en formación de cada uno de los grupos para fortalecer la cultura democrática en la Escuela Normal desde Preescolar hasta el Programa de Formación Complementaria.  

 

ELECCIÓN

El consejo estudiantil es elegido dentro de la fiesta democrática, mediante votación secreta, para un período anual, y no pueden ser reelegidos para el año siguiente.

 

FUNCIONES

Son funciones del consejo de Maestro en  Formación:

a)Darse su propia organización interna, de común acuerdo con las directivas de la Institución.

b)Elegir un  representante de los Maestros en  Formación del Programa de la Formación Complementaria con voz y voto para el  Consejo Directivo y uno del grado once con voz pero sin voto.

c)Escuchar las inquietudes de los maestros en formación, para presentarlas al Consejo Directivo cuando estas ameriten..

d)Invitar a sus deliberaciones a aquellos Maestros en  Formación que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

e)Mantener una comunicación constante con la Rectora, concertando toda propuesta antes de lanzarla a los Maestro en  Formación y demás estamentos de la comunidad.

f)Buscar estrategias para promover el sentido de pertenencia a la Escuela Normal y el mejoramiento del nivel académico y disciplinario de los maestros en formación.

g)Generar un clima institucional, armónico, fraterno, participativo, haciendo los reclamos y las propuestas con claridad, coherencia y respeto, siendo consecuentes con los deberes adquiridos el día de la elección.

h)Impulsar en los maestros en formación la apropiación y cumplimiento del Manual de Convivencia.


Comité interinstitucional

Es un órgano asesor externo.

Está conformado por la Escuela Normal y la Facultad de Educación de la Universidad en convenio, con miras al mutuo apoyo pedagógico y coordinación del Programa de Formación  Complementaria.

 

INTEGRANTES

a)    Rectora de la Escuela Normal Superior

b)    Representante de la Universidad en convenio.

c)    Coordinación Académica Pedagógica

d)    Coordinación del Programa de la Formación Complementaria.

e)    Líder de la Comunidad Académica FORMAR

f)     Un maestro en formación de cada uno de los semestres del Programa de Formación  Complementaria.

g)    Un padre de familia de los maestros en formación del Programa de Formación  Complementaria que pertenezca al Consejo de Padres.

 

FUNCIONES

a) Evaluar el proceso formativo del Programa de Formación  Complementaria.

b) Verificación de los avances y los logros

c) Programación de jornadas especiales.

d) fortalecer los vínculos y alianzas de las instituciones representadas